Resolución Sbs N° 03622-2025 Que Aprueba La Norma Para La Prevención De Lavado De Activos Y Del Financiamiento Del Terrorismo, Aplicable A Las Personas Jurídicas Que Explotan Juegos A Distancia Y/o Apuestas Deportivas A Distancia

Resolución Sbs N° 03622-2025 Que Aprueba La Norma Para La Prevención De Lavado De Activos Y Del Financiamiento Del Terrorismo, Aplicable A Las Personas Jurídicas Que Explotan Juegos A Distancia Y/o Apuestas Deportivas A Distancia
El 14 de octubre de 2025 se publicó la Resolución SBS N° 03622-2025; esta Resolución, aprueba la norma para la prevención de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, aplicable a las personas jurídicas que explotan juegos a distancia y/o apuestas deportivas a distancia, bajo supervisión del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, a través de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas – DGJCMT, quien será el supervisor técnico que verificará el cumplimiento de esta normativa.
1) Novedades legales principales
Umbral para el Registro de Operaciones
Las operaciones (depósitos, apuestas, retiros, premios) iguales o superiores a USD 2,500 deben registrarse en el Registro de Operaciones – RO. La plantilla y el instructivo se proporcionan en el portal PLAFT, los accesos se entregan solo al Oficial de Cumplimiento.
Plazo para reportar operaciones sospechosas
Las operaciones calificadas como sospechosas deberán reportarse mediante el portal PLAFT, en un plazo máximo de 24 horas desde su calificación.
Oficiales de cumplimiento con requisitos mínimos
Se exige designar un Oficial de Cumplimiento con experiencia, sin antecedentes penales, con vínculo directo y autonomía funcional. Este puede ejercer el cargo a dedicación no exclusiva, sujeto a evaluación posterior.
Plazo para adecuación
Los operadores deberán implementar las medidas exigidas dentro del plazo máximo definido de 120 días calendario de publicada la norma, para ajustarse a esta.
Reserva y confidencialidad de la información
Se prohíbe divulgar que determinada información fue solicitada o proporcionada a la UIF, salvo requerimiento de autoridad competente.
2) Recomendaciones
  1. Necesidad de adaptar o crear un SPLAFT especializado basado en riesgo para este negocio.
  2. Implementar sistemas automatizados para monitorear, registrar y alertar operaciones mayores al umbral.
  3. Validar que el Oficial de Cumplimiento cumpla los requisitos exigidos por la norma. 
  4. Actualizar contratos con proveedores, cláusulas de cumplimiento y auditorías internas específicas.
  5. Capacitación obligatoria para el personal sobre riesgos LA/FT en el contexto de apuestas digitales
  1. Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL.
  2. Ubicar el formulario e ingresar la información correspondiente siguiendo las indicaciones.
  3. Los datos del Sistema de Emisión Electrónica se incorporarán de manera automática.
  4. En el caso que no hubiese sido emisor electrónico, deberá:
    • Informar sobre sus recibos por honorarios y notas de crédito emitidas en formatos impresos.
    • Informar sobre sus ingresos percibidos por las funciones de director de empresas, albacea, sindico, gestor de negocios, mandatario y actividades similares, incluyendo el desempeño de funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas y se encuentre exceptuado de la obligación de emitir comprobantes de pago.

Finalmente, el Equipo Legal de Salazar & Zúñiga Abogados queda a su disposición para cualquier consulta o coordinación sobre este asunto. Para tales fines, por favor enviar un mensaje a: mariel.meza@sza.pe o
daisy.flores@sza.pe.

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Saludos cordiales,

Equipo Legal