Modifican la ley de aeronáutica civil del Perú, con el fin de fortalecer los derechos de los usuarios de transporte aéreo de pasajeros

Modifican la ley de aeronáutica civil del Perú, con el fin de fortalecer los derechos de los usuarios de transporte aéreo de pasajeros
El pasado 9 de mayo de 2025, se publicó en el Diario Oficial el Peruano la Ley N° 32325, promulgada por insistencia por el Congreso de la República, que modifica la Ley de Aeronáutica Civil del Perú (Ley N.º 27261), con el objetivo de fortalecer los derechos de los usuarios del servicio de transporte aéreo, particularmente en lo relativo a la transferencia del billete de pasaje y al régimen de responsabilidad frente a su inejecución por parte del transportista.
Entre los principales cambios introducidos por esta norma, destaca la inclusión del derecho de endoso o transferencia del billete de pasaje, de manera gratuita a otra persona, hasta 24 horas antes de la hora programada del vuelo, sin que ello implique ningún costo adicional. Esta cesión se hará efectiva manteniendo las condiciones originales del contrato de transporte. El transportador está obligado a habilitar canales digitales u otros mecanismos que faciliten el trámite. Como parte del proceso, se emitirá un nuevo billete a nombre del endosatario, sin cargo adicional alguno.
Además, se refuerza el marco sancionador frente a posibles incumplimientos por parte de las aerolíneas. La negativa u omisión de realizar el endoso en los términos señalados, así como los casos de cancelación, interrupción, embarque denegado por sobreventa (overbooking) o adelanto del vuelo —salvo situaciones de caso fortuito o fuerza mayor— serán susceptibles de sanción por la autoridad aeronáutica, conforme a lo previsto en el Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas, aprobado mediante Resolución Ministerial N.º 435-2024-MTC/01.02, el cual se espera sea modificado para incorporar las nuevas infracciones establecidas por esta ley.
Finalmente, cabe precisar que la norma entró en vigencia al día siguiente de su publicación, es decir, el 10 de mayo de 2025. Asimismo, el Poder Ejecutivo cuenta con un plazo de treinta (30) días hábiles para adecuar el reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil a las disposiciones introducidas, plazo que vencerá el viernes 20 de junio de 2025.
  1. Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL.
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  4. En el caso que no hubiese sido emisor electrónico, deberá:
    • Informar sobre sus recibos por honorarios y notas de crédito emitidas en formatos impresos.
    • Informar sobre sus ingresos percibidos por las funciones de director de empresas, albacea, sindico, gestor de negocios, mandatario y actividades similares, incluyendo el desempeño de funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas y se encuentre exceptuado de la obligación de emitir comprobantes de pago.

Finalmente, el Equipo Legal de Salazar & Zúñiga Abogados queda a su disposición para cualquier consulta o coordinación sobre este asunto. Para tales fines, por favor enviar un mensaje a: hector.figari@sza.pe y/o sebastian.zorrilla@sza.pe.

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