Nuevas disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2
PRINCIPALES ACCIONES A ADOPTAR
- Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19:
Las empresas en calidad de empleadores deberán elaborar este Plan, el cual deberá ser enviado al Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo para su aprobación dentro de las 48 horas de su recepción.
La estructura de este documento se encuentra detallado en el Anexo 5 de la presente Directiva Administrativa, debiendo contener lo siguiente:
- Datos del empleador.
- Datos del lugar de trabajo.
- Datos del servicios de seguridad y salud de los trabajadores.
- Nómina de trabajadores por riesgo de exposición a COVID-19.
- Responsabilidades para el cumplimiento del Plan.
- Presupuesto y proceso de adquisición de insumos para el cumplimiento del Plan.
- Procedimiento para el regreso y reincorporación al trabajo.
- Documento de aprobación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Profesional de salud a contratar en función al tamaño del centro de trabajo (Anexo 1 de la Directiva):
- CT Tipo 1: El empleador puede contar con la participación de un pofesional de la salud con capacitación mínima, por un instituto de educación superior en Salud Ocupacional, Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) o Gestión de Riesgos de Desastres.
- CT Tipo 2: El empleador debe contar con la participación de un profesional de la salud con capacitación universitaria mínima de diplomado en Salud Ocupacional, SST, Gestión de Riesgos de Desastres o el empleador afiliado al SCTR – Salud de EsSalud puede solicitar asistencia técnica al Centro de Prevención de Riesgos del Trabajo – CEPRIT de EsSalud en la implementación del Plan. El tiempo de trabajo del profesional lo determina el Comité de SST.
- CT Tipo 3: El empleador debe contar con un profesional de la salud con capacitación universitaria mínima de diplomado o maestría en Salud Ocupacional, SST o Gestión de Riesgos de Desastres. Duración mínima del servicio de 12 horas semanales. Asimismo, el empleador afiliado al SCTR – Salud de EsSalud puede solicitar asistencia técnica al Centro de Prevención de Riesgos del Trabajo – CEPRIT de EsSalud, en la implementación del Plan.
- CT Tipo 4: El empleador debe contar con un licenciado en enfermería, que tenga capacitación universitaria mínima de diplomado en Salud Ocupacional, SST, Gestión de Riesgos de Desastres o equivalentes para implementar el Plan. Duración mínima del servicio de 18 horas semanales.
- CT Tipo 5: El empleador debe contar como mínimo con un profesional médico y un licenciado en enfermería, debiendo tener uno de ellos, capacitación universitaria mínima de maestría en Salud Ocupacional, Medicina Ocupacional, SST, Gestión de Riesgos de Desastres o equivalentes para implementar el Plan. Duración mínima del servicio de cada profesional: 18 horas semanales.
- CT Tipo 6: El empleador cuenta de preferencia con un médico especialista o egresado de la especialidad de Medicina Ocupacional y Medio Ambiente o Medicina del Trabajo; o en su defecto, debe tener el grado o ser egresado de la maestría en Salud Ocupacional, Medicina Ocupacional, SST. O equivalentes. Además debe contar con un licenciado en enfermería con capacitación universitaria mínima de diplomado en Salud Ocupacional, SST, Gestión de Riesgos de Desastres o equivalentes. Duración mínima del servicio de cada profesional: 36 horas semanales
PRINCIPALES OBLIGACIONES A ADOPTAR
- Todo trabajador con síntomas gripales debe usar mascarilla y buscar atención médica.
- Para casos sospechosos, probables o confirmados de COVID-19 no se establece en la Directiva un período de tiempo concreto de aislamiento, sino que queda en manos del médico tratante que determine las medidas de cuidado a tomar para cada caso en particular.
- Se recomienda que todos los trabajadores tengan sus vacunas conforme al esquema nacional de vacunación.
- Los empleadores que no cuenten con el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigilancia de la Salud de los Trabajadores o no lo han implementado, deben aplicar, como mínimo, el Anexo 1 de la presente Directiva Administrativa para la vigilancia de la salud de los trabajadores por exposición a la COVID-19, sin dejar de lado el cumplimiento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
FACTORES DE RIESGO PARA LA COVID-19
- Edad de 60 años a más
- Diabetes Mellitus
- Obesidad con IMC mayor de 30
- Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC)
- Enfermedad o tratamiento Inmunosupresor (Inmunodeficiencias congénitas o adquirida) incluido VIH
- Pacientes oncológicos (Cáncer)
- Enfermedades cardiovasculares (incluye hipertensión arterial)
- Enfermedad renal crónica
- Asma moderada o grave
- Enfermedad hepática crónica
- Gestantes y puérperas
CLASIFICACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO SEGÚN EL RIESGO DE EXPOSICIÓN a SARS-CoV-2
7 DISPOSICIONES BÁSICAS PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO
DISPOSICIÓN 1: ASEGURAR LA VENTILACIÓN DE LOS CENTROS DE TRABAJO
DISPOSICIÓN 2: EVALUACIÓN DEL NIVEL DE RIESGO Y VALORACIÓN DE LA APTITUD DEL TRABAJADOR PREVIO A LA REINCORPORACIÓN AL CENTRO LABORAL
DISPOSICIÓN 3: PUNTOS DE LAVADO O DESINFECCIÓN DE MANOS
DISPOSICIÓN 4: SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO
DISPOSICIÓN 5: MEDIDAS PREVENTIVAS DE APLICACIÓN COLECTIVA
DISPOSICIÓN 6: MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL
DISPOSICIÓN 7: VACUNACIÓN CONTRA LA COVID-19
- Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL.
- Ubicar el formulario e ingresar la información correspondiente siguiendo las indicaciones.
- Los datos del Sistema de Emisión Electrónica se incorporarán de manera automática.
- En el caso que no hubiese sido emisor electrónico, deberá:
- Informar sobre sus recibos por honorarios y notas de crédito emitidas en formatos impresos.
- Informar sobre sus ingresos percibidos por las funciones de director de empresas, albacea, sindico, gestor de negocios, mandatario y actividades similares, incluyendo el desempeño de funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas y se encuentre exceptuado de la obligación de emitir comprobantes de pago.
Finalmente, el Equipo Legal de Salazar & Zúñiga Abogados queda a su disposición para cualquier consulta o coordinación sobre este asunto. Para tales fines, por favor enviar un mensaje a luis.delgado@sza.pe y melina.cespedes@sza.pe.
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Saludos cordiales,
Equipo Legal