Se aprueba medio alternativo para la presentación de la planilla mensual de pagos de empleadores que tengan hasta diez trabajadores y/o diez prestadores de servicios
Mediante la Resolución de Superintendencia N° 210-2023-EF (en adelante, “la Resolución”), publicada el 30 de septiembre de 2023, se aprobó un medio alternativo al PDT Planilla Electrónica – PLAME. En tal sentido, se aprobó el uso del Formulario Virtual N° 0601, para el cumplimiento de las obligaciones relacionadas a la presentación de la planilla mensual y declaraciones mensuales de los empleadores que tengan hasta 10 trabajadores y/o 10 prestadores de servicios que obtengan rentas de cuarta categoría.
- Pertenece al sector privado y tiene hasta 10 trabajadores y/o tiene que informar en la PLAME hasta 10 prestadores de servicios.
- Debe presentar la PLAME
- Presenta declaración de los siguientes conceptos:
- Contribuciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD)
- Contribuciones a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), bajo el régimen del Decreto Ley N° 19990.
- Retenciones del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría
- Retenciones del impuesto a la renta de Quinta Categoría.
- Información de los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría pagadas o puestas a disposición aun cuando el empleador no tenga la obligación de efectuar retenciones por dichas rentas
- Prima por el concepto de “+Vida Seguro de Accidentes” respecto de los afiliados regulares al ESSALUD que contraten el mencionados seguro
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