Ampliación de medidas laborales para la participación de los trabajadores en la continuación de las Elecciones Generales del 13 de abril de 2026

Mediante Decreto Supremo Nº 053-2026-PCM publicado hoy, se amplían los beneficios laborales otorgados por Decreto Supremo Nº 003-2026-TR para los trabajadores miembros de mesa designados por sorteo que hayan completado el proceso de capacitación, y que cumplan efectivamente con la función de miembro de mesa en las mesas de votación instaladas el 13 de abril 2026 con motivo de las Elecciones Generales.
Esto quiere decir que tendrán derecho a 1 día de descanso remunerado no compensable, el cual se deberá hacer efectivo dentro de los 90 días siguientes a la fecha de realizada las Elecciones Generales. La oportunidad de goce del descanso se fija de común acuerdo entre el trabajador y el empleador, y a falta de acuerdo decide el empleador.
Asimismo, se amplían los beneficios establecidos en el Decreto Supremo Nº 003-2026-TR para los trabajadores miembros de mesa designados por sorteo que no completaron el proceso de capacitación, pero que sí cumplan la función de miembro de mesa de manera efectiva en las Elecciones Generales, y para los ciudadanos que desempeñen la función de miembro de mesa elegidos entre los electores presentes en la mesa de sufragio ante la inasistencia de los miembros titulares y/o suplentes el 13 de abril de 2026.
En ese sentido, tendrán derecho a 1 día de descanso remunerado compensable, el cual deberá ser gozado el 14 de abril de 2026 (al día siguiente de la elección), teniendo presente que las horas dejadas de laborar durante el día de descanso remunerado compensable, se deberán compensar dentro de los 10 días calendario siguientes, o en la oportunidad que lo determine el empleador.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo emitirá las disposiciones necesarias para que los empleadores den las facilidades a los electores para que ejerzan su derecho de sufragio el lunes 13 de abril del presente.
El Equipo Legal de Salazar & Zúñiga Abogados queda a su disposición para cualquier consulta o coordinación sobre este asunto. Para tales fines, por favor enviar un mensaje a: luis.delgado@sza.pe o briyith.saavedra@sza.pe.
Los invitamos a revisar esta y otras novedades legales en Salazar & Zuñiga Abogados | LinkedIn, así como a nuestro repositorio de Publicaciones | www.sza.pe.
Saludos cordiales,
Equipo Legal