Se aprueba nuevo retiro de la CTS

Mediante la Ley Nº 32322, publicada el 9 de mayo de 2025, el Gobierno ha aprobado el retiro de la CTS, encontrándose entre sus principales disposiciones las siguientes:
  1. Los trabajadores podrán disponer por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026 del 100% de su
    CTS depositada en las entidades financieras y que tenga acumulada a la fecha de disposición.
  2. Esta norma también modifica el artículo 42 de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, estableciendo que:
    • El trabajador podrá realizar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito CTS
      e intereses acumulados en la medida que no exceda del 50% de los mismos.
    • El trabajador diagnosticado con cáncer o enfermedad terminal, debidamente acreditado
      ante el empleador, podrá realizar en cualquier momento el retiro del 100% de su CTS e
      intereses acumulados a la fecha en que el trabajador solicita el retiro total.
  3. El Poder Ejecutivo en un plazo no mayor a 30 días calendario adecuará el Texto Único Ordenado de la
    Ley de Compensación por Tiempo de Servicios y su Reglamento.
  1. Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL.
  2. Ubicar el formulario e ingresar la información correspondiente siguiendo las indicaciones.
  3. Los datos del Sistema de Emisión Electrónica se incorporarán de manera automática.
  4. En el caso que no hubiese sido emisor electrónico, deberá:
    • Informar sobre sus recibos por honorarios y notas de crédito emitidas en formatos impresos.
    • Informar sobre sus ingresos percibidos por las funciones de director de empresas, albacea, sindico, gestor de negocios, mandatario y actividades similares, incluyendo el desempeño de funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas y se encuentre exceptuado de la obligación de emitir comprobantes de pago.

Finalmente, el Equipo Legal de Salazar & Zúñiga Abogados queda a su disposición para cualquier consulta o coordinación sobre este asunto. Para tales fines, por favor enviar un mensaje a: luis.delgado@sza.pe o briyith.saavedra@sza.pe.

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Saludos cordiales,

Equipo Legal