Implementación del mecanismo de autenticación digital ID-Perú en el servicio ‘consulta de propiedad’ de SUNARP

Implementación del mecanismo de autenticación digital ID-Perú en el servicio 'consulta de propiedad' de SUNARP
Mediante la Resolución N.º 00083-2025-SUNARP/SN, publicada el 30 de mayo de 2025, por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), se ha aprobado el uso de la “Plataforma de Autenticación de la Identidad Digital Nacional ID-PERÚ”, desarrollada por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), como mecanismo de validación de identidad en el acceso al servicio gratuito denominado “Consulta de Propiedad”.
Dicho servicio permite a los ciudadanos peruanos consultar de manera gratuita el número de las partidas registrales de los predios inscritos a su nombre. Para acceder a esta información, el usuario debe ingresar al portal “Consulta de Propiedad” de la SUNARP y proporcionar el número de su DNI y la fecha de emisión del mismo para validar su identidad. Estos datos serán verificados en línea mediante la Plataforma ID-PERÚ de la RENIEC, lo que garantiza una autenticación digital segura y precisa. La finalidad de esta implementación es hacer efectiva la identificación del titular registral.
En este orden de ideas, la resolución dispone que la Oficina de Tecnologías de la Información de la SUNARP será la encargada de implementar las funcionalidades tecnológicas necesarias para incorporar este mecanismo de autenticación dentro del servicio “Consulta de Propiedad”.
La presente resolución entrará en vigor el 16 de junio del presente año, consolidando un avance en el proceso de digitalización de los servicios registrales, mediante el uso de herramientas tecnológicas que aseguren el acceso gratuito y confiable a la información registral de los ciudadanos.
  1. Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL.
  2. Ubicar el formulario e ingresar la información correspondiente siguiendo las indicaciones.
  3. Los datos del Sistema de Emisión Electrónica se incorporarán de manera automática.
  4. En el caso que no hubiese sido emisor electrónico, deberá:
    • Informar sobre sus recibos por honorarios y notas de crédito emitidas en formatos impresos.
    • Informar sobre sus ingresos percibidos por las funciones de director de empresas, albacea, sindico, gestor de negocios, mandatario y actividades similares, incluyendo el desempeño de funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas y se encuentre exceptuado de la obligación de emitir comprobantes de pago.

Finalmente, el Equipo Legal de Salazar & Zúñiga Abogados queda a su disposición para cualquier consulta o coordinación sobre este asunto. Para tales fines, por favor enviar un mensaje a: ignacio.zuniga@sza.pe y gonzalo.zavala@sza.pe.

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Saludos cordiales,

Equipo Legal