SUNAT precisa y posterga el uso SIRE a principales contribuyentes

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000392-2025/SUNAT, publicada el 31 de diciembre de 2025, la SUNAT precisó y postergó la oportunidad a partir de la cual los principales contribuyentes2 deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras (RCE) a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
Los aspectos más relevantes de esta Resolución son los siguientes:
  • Desde el periodo enero de 2026, están obligados a utilizar el SIRE los principales contribuyentes cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 sean de hasta 2300 UIT.
  • Se prorroga el uso del SIRE de enero de 2026 a junio de 2026, a los principales contribuyentes cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 superen las 2300 UIT.
  • La finalidad de la Resolución es facilitar la implementación del SIRE a aquellos contribuyentes con un alto volumen de emisión de comprobantes de pago.
  1. Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL.
  2. Ubicar el formulario e ingresar la información correspondiente siguiendo las indicaciones.
  3. Los datos del Sistema de Emisión Electrónica se incorporarán de manera automática.
  4. En el caso que no hubiese sido emisor electrónico, deberá:
    • Informar sobre sus recibos por honorarios y notas de crédito emitidas en formatos impresos.
    • Informar sobre sus ingresos percibidos por las funciones de director de empresas, albacea, sindico, gestor de negocios, mandatario y actividades similares, incluyendo el desempeño de funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas y se encuentre exceptuado de la obligación de emitir comprobantes de pago.

Finalmente, el Equipo Legal de Salazar & Zúñiga Abogados queda a su disposición para cualquier consulta o coordinación sobre este asunto. Para tales fines, por favor enviar mensaje a: hugo.arbieto@sza.pe.

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Saludos cordiales,

Equipo Legal