SUNAT precisa y posterga el uso SIRE a principales contribuyentes

2 de enero de 2026
Derecho Tributario
Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000392-2025/SUNAT, publicada el 31 de diciembre
de 2025, la SUNAT precisó y postergó la oportunidad a partir de la cual los principales contribuyentes2 deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras (RCE) a través del
Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
Los aspectos más relevantes de esta Resolución son los siguientes:
- Desde el periodo enero de 2026, están obligados a utilizar el SIRE los principales contribuyentes cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 sean de hasta 2300 UIT.
- Se prorroga el uso del SIRE de enero de 2026 a junio de 2026, a los principales contribuyentes cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 superen las 2300 UIT.
- La finalidad de la Resolución es facilitar la implementación del SIRE a aquellos contribuyentes con un alto volumen de emisión de comprobantes de pago.
- Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL.
- Ubicar el formulario e ingresar la información correspondiente siguiendo las indicaciones.
- Los datos del Sistema de Emisión Electrónica se incorporarán de manera automática.
- En el caso que no hubiese sido emisor electrónico, deberá:
- Informar sobre sus recibos por honorarios y notas de crédito emitidas en formatos impresos.
- Informar sobre sus ingresos percibidos por las funciones de director de empresas, albacea, sindico, gestor de negocios, mandatario y actividades similares, incluyendo el desempeño de funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas y se encuentre exceptuado de la obligación de emitir comprobantes de pago.
Finalmente, el Equipo Legal de Salazar & Zúñiga Abogados queda a su disposición para cualquier consulta o coordinación sobre este asunto. Para tales fines, por favor enviar mensaje a: hugo.arbieto@sza.pe.
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Saludos cordiales,
Equipo Legal